INSTALACIONES TÉRMICAS MADRID
Inspeccion periodica eficiencia energetica
El citado Decreto tiene por objeto: establecer el calendario inicial y la periodicidad de las inspecciones periódicas de eficiencia energética en las instalaciones térmicas de los edificios de potencia útil nominal superior a 70 kW y la confirmación del funcionamiento de los sistemas de calefacción y A.C.S. respecto a los datos registrados en las labores de mantenimiento.
Según establece el documento, deben someterse a estas revisiones todas las instalaciones térmicas, nuevas o existentes, de todo edificio (no industrial), con generadores de calor o frío de potencia útil nominal superior a 70 kW.
En agosto de 2014, la Comunidad de Madrid aprobó una normativa que establece la obligatoriedad de realizar inspecciones de eficiencia energética en instalaciones térmicas en los edificios.
Los documentos oficiales son el Decreto 10/2014 y el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).
Objetivos de las inspecciones periódicas de eficiencia energética
El objetivo principal de estas inspecciones es verificar el estado de la instalación en lo que a eficiencia energética se refiere, así como los puntos o áreas que se pueden mejorar y que se evalúan desde el punto de vista de la rentabilidad económica.
La normativa, aparte de incluir la obligación de realizar la inspección de la instalación, también establece que se someta ésta a un control posterior de esa inspección.
Si deseas más información sobre la normativa, puedes ponerte en contacto con a través del correo electrónico: saemac@saemac.com o callejo@saemac.com y un profesional en gestión energética resolverá todas tus dudas. También puede llamarnos al teléfono que aparece más abajo.
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