responsable del mantenimiento de la calefacción central

En una comunidad de propietarios, ¿quién es el responsable del mantenimiento de la calefacción central? Esta es una duda que a menudo puede surgirnos. ¿Debe hacerlo el presidente de la comunidad? ¿Puede hacerlo cualquier profesional o compañía? ¿Cada cuánto deben realizarse estas inspecciones?

En Saemac nos encargamos del mantenimiento de salas de calderas desde hace más de 40 años. Es por ello que hoy vamos a contarte cómo debe hacerse.

Responsable del mantenimiento de la calefacción central: ¿quién es?

El RITE (Reglamento de Instalaciones Térmicas de Edificios) establece que, el responsable de las siguientes aspectos, es el titular de la instalación térmica:

  • Que el mantenimiento de la instalación lo realice una empresa habilitada
  • Que se realicen las inspecciones obligatorias
  • Que se conserve la documentación ya sea de mantenimiento, reparación, reforma, etc. en el Libro del Edificio.

Esto quiere decir que habrá una persona responsable de contactar con la empresa que realice el mantenimiento y que esta sea una empresa habilitada. 

Hace un tiempo te contamos cómo escoger un instalador de calderas. Hoy te explicamos cómo saber si una empresa mantenedora está habilitada para ello. No todas las compañías pueden ocuparse del mantenimiento de salas de calderas, pero hay una forma de comprobarlo.

En la Comunidad de Madrid, las empresas autorizadas a revisar la calefacción tienen que estar inscritas en la Dirección General de Industria, Energía y Minas. Sus oficinas se encuentran en la calle Cardenal Marcelo Spínola, 14- Edificio F4. Este directorio también se puede consultar online en la web gestiona.madrid.org.

Que las empresas que aparezcan en dicho directorio significa que disponen de personal cualificado para la realización de nuevas instalaciones, modificaciones, revisiones, etc. Siempre cumpliendo las normas de actuación y seguridad vigentes.

Saemac es una de las empresas que figura en la lista, por eso somos una de las mantenedoras líderes en Madrid.

¿Es obligatorio ese mantenimiento?

En agosto de 2014, la Comunidad de Madrid aprobó una normativa que exige la inspección periódica de eficiencia energética de instalaciones térmicas de los edificios que cuenten con una potencia útil nominal superior a 70 kW.

Se trata de una normativa obligatoria para todas las instalaciones térmicas,  nuevas o ya existentes, de todos los edificios (no industriales), con generadores de calor o frío de potencia útil nominal superior a 70 kW.

El objetivo de esta normativa es verificar el estado de la instalación respecto a la eficiencia energética. También sirve para identificar las mejoras necesarias desde el punto de vista de la rentabilidad económica.

Los edificios están obligados a someter su instalación a una revisión:

  • Cada cuatro años si su caldera funciona con combustibles gaseosos o renovables
  • Cada dos en el caso de que no utilice combustibles gaseosos o renovables
  • Cada cinco para los sistemas de aire acondicionado

Si eres la persona responsable del mantenimiento de la calefacción central, deja que seamos nosotros, Saemac, quienes lo realicemos. Contáctanos. Nuestro equipo es sinónimo de eficacia y fiabilidad.